Desapareció el delito de sedición y se reduce la pena por malversación en España

Vista de la sede del Tribunal Supremo en Madrid. EFE J Lizon
Vista de la sede del Tribunal Supremo en Madrid. EFE J Lizon

Redacción- El delito de sedición desaparece del Código Penal este jueves, cuando entra en vigor la reforma que lo convierte en uno de «desórdenes públicos agravados» y que reduce asimismo algunas penas del delito de malversación, lo que obligará al Tribunal Supremo a revisar la sentencia que condenó a algunos de los líderes políticos que encabezaron el proceso independentista catalán de 2017. Madrid, 12 de ene.

 

Tras su aprobación definitiva el pasado 22 de diciembre después de una cuestionada tramitación «exprés», la reforma del Código Penal impulsada por el Gobierno de coalición con el apoyo de ERC entra definitivamente este jueves en vigor.

Con ella, el delito de sedición pasa a ser uno de «desórdenes públicos agravados», reduciéndose la condena de 15 a 5 años de cárcel, y con 8 de inhabilitación, y se modifica también el delito de malversación, que verá reducidas algunas penas en casos como cuando no se acredite un ánimo de lucro, donde se prevé un máximo de 4 años de cárcel.

Una de las consecuencias será la revisión de la condena que el Tribunal Supremo dictó contra varios miembros del Govern catalán por el «procés», entre ellos al exvicepresidente Oriol Junqueras, sentenciado a 13 años de prisión y otros tantos de inhabilitación y que, como el resto, fue indultado parcialmente por el Gobierno.

Según fuentes jurídicas consultadas por EFE, el Tribunal Supremo prevé pedir esta misma semana a las acusaciones -Fiscalía, Abogacía del Estado y Vox- y a las defensas que informen sobre cómo creen que afecta la reforma penal a la sentencia.

Las defensas creen que la reforma abre la vía de la absolución, convencidos de que los hechos probados no encajan ni en los nuevos desórdenes públicos ni tampoco en la malversación al defender que nunca se causó un perjuicio al erario público.

Al margen de los condenados, la reforma también traerá previsiblemente cambios para los huidos, con el expresidente catalán Carles Puigdemont a la cabeza.

El juez Pablo Llarena, instructor de la causa, tendrá que adaptar el auto de procesamiento de los políticos que se fugaron -Carles Puigdemont, Toni Comín, Clara Ponsatí, Lluís Puig y Marta Rovira- al nuevo Código Penal y, en consecuencia, dictar nuevas órdenes de detención contra ellos, salvo en el caso de Rovira, huida en Suiza y contra quien no pesa ninguna, señalan las fuentes.

Y más allá del «procés», otras causas de corrupción pueden verse afectadas por las rebajas en las penas de malversación. La Fiscalía prepara ya una instrucción con el objetivo de fijar un criterio único que aplicar en las revisiones de las condenas por malversación y en tribunales como la Audiencia Nacional ya le han requerido que revise su escrito relativo al caso Acuamed en función de la reforma.

 

/EFE

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